Si es deudor, no se deje intimidar

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La Regla final emitida sobre la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA) defiende, aclara y multiplica sus derechos.

Con el fin de cobrar las deudas muchos acreedores utilizan prácticas abusivas, cuya técnica busca provocar un acoso abrumador. El objetivo de estas prácticas es producir irritación y hastío al deudor. Con esta modalidad se persigue que el deudor decida pagar de cualquier modo y lo más rápido posible, con tal de no seguir soportando más dicha persecución.

Es importante saber que la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA), creada hace más de treinta años, y su regla final aprobada recientemente, prohíbe las prácticas persecutorias, amparándolo como deudor contra este tipo de métodos.

Usted tiene estos derechos establecidos por la Ley para todo tipo de deudas, ya sean por hipotecas, facturas médicas adeudadas, deudas de tarjetas de crédito o préstamos de cualquier tipo.

La Oficina de Protección Financiera del Consumidor consideró, luego de evaluar durante varios años los miles de comentarios y reclamos recibidos, que era necesario adjuntar a dicha ley una regla que se enfocara en las comunicaciones requeridas para una cobranza.

Entre otras aclaraciones importantes, la regla establece un límite en el número y frecuencia de la cantidad de llamadas que un deudor puede recibir semanalmente, estableciendo además los horarios permitidos en el día para recibir este tipo de llamados. También se realizó una ampliación de esta clase de comunicaciones, sumándole los métodos más actuales, ya sea a través de e-mails, mensajes de texto, etc.

De acuerdo a dicha regla, el deudor adquiere un mayor control sobre estas comunicaciones, pudiendo establecer límites y no permitiendo, por ejemplo, que el acreedor pueda comunicarse con terceros informando sobre la deuda de un consumidor.

También queda establecido que el acreedor debe ofrecer la posibilidad al consumidor de un método sencillo y ágil que permita no aprobar estas comunicaciones por mail o recibir llamadas a un teléfono en particular.

La Ley declara ilegal que los acreedores puedan publicar nombres o direcciones de los consumidores en listas negras de crédito, como así también impide la publicación a través de cualquier medio de comunicación buscando dañar su imagen o avergonzarlo. Prohíbe también cualquier tipo de amenaza de daño físico, de arresto, o de promover acciones legales que no estén permitidas. Tampoco está autorizado en estas comunicaciones un lenguaje que incluya violencia, abuso verbal o profano.

Si usted conoce plenamente los alcances de esta Ley, podrá ampararse legalmente, no permitiendo que cometan un abuso en contra de su privacidad y de su derecho a no ser acosado por deudas atrasadas.     

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¡Hilda es La Abuela Financiera, y La Abuela Financiera es una Abuela Digital! Hilda es abuela de Rita, quien es un personaje conocido en los famosos capitulos de #danielyrita https://www.consolidatedcredit.org/es/daniel-y-rita/

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